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Nuevo modelo 190 (2015)

Sage

¿A qué afecta?

A la presentación del modelo 190, de carácter anual informativo, a presentar el 2016, en referencia a los datos del 2015.

¿A quién afecta?

A los sujetos pasivos que deban de presentar la declaración resumen anual de Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, IRPF, de rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta.

¿Cómo afecta?

En general se adapta el modelo a la publicación de la Ley 26/2014 y al Real Decreto Ley 9/2015.

  • En referencia a las Claves y Subclaves de percepción:
    • Clave «A»: Rendimientos del trabajo de empleados por cuenta ajena en general.
      • Se crean dos subclaves, «01» y «02», para diferenciar las percepciones que abonan los empleadores provenientes del trabajo «propiamente dicho» de las que se abonan los empleadores por incapacidad laboral por colaboración obligatoria con la Seguridad Social.
  • Clave «B»: Rendimientos del trabajo de pensionistas y perceptores de haberes pasivos y demás prestaciones previstas.
    • Se modifica la «02» a equivalencia de la clave «A», para diferenciar las percepciones abonadas directamente al trabajador por los regímenes públicos o mutas de accidentes.
    • Se crea una subclave nueva, «04», para consignar los importe que de la antigua «02».
  • Clave «E»: Rendimientos del trabajo de consejeros y administradores.
    • Se actualiza la descripción de la clave.
    • Se modifican las subclaves existentes «01» y «02», se crean las «03» y «04», para poder consignar por separado los rendimientos de consejeros y administradores, que este asimilados al Régimen General de la Seguridad Social y que sus «pagadores/entidades» hayan obtenido un rendimiento neto de susu actividades inferior o superior a los 100.000€, en el periodo impositivo inmediatamente anterior.
  • Clave «G»: Rendimientos de actividades económicas de profesionales.
    • Se actualiza la descripción de la clave para adaptarla al Real Decreto Ley 9/2015.
    • Se modifica la descripción y tratamiento de la subclave «04», a la cual no se podrán consignar valores, importes, generados a partir del 12/07/2015, por unificación de los % de retención al 15%.
  • Clave «K»: Premios y ganancias patrimoniales de los vecinos derivadas de los aprovechamientos forestales y montes.
    • Se modifican el tratamiento de la subclave «01» y «se crea la «03» para diferenciar los premios por participación en juegos, rifas, combinaciones aleatorias, que puedan ocasionar al contribuyentes, alguna perdida de patrimonio.
  • Clave «L»: Rentas exentas.
    • Se modifica tratamiento de la subclave «21», en la que se consignaran los rendimientos del trabajo del titular de un patrimonio protegido.
    • Se crean las subclaves «22», donde se consignaran las prestaciones económicas que la Comunidades Autonómicas establece como renta mínima de inserción, «23», para informar las ayudas asignadas a ciertas víctimas de delitos violentos, «24» se consignaran ciertas rentas en especie exentas de retención y procedentes del rendimiento del trabajo y la «25», donde se consignaran los valores de la antigua «21», valores de rentas exentas que no se pueden incluir en ninguna de las anteriores 24 subclaves.
  • Campo «Prolongación de la actividad laboral», se suprime del modelo, ya que esta reducción queda derogada por la publicación de la Ley 26/2014.
  • Se crea un apartado nuevo «Movilidad geográfica, aceptación en 2014», para informar exclusivamente si el trabajador se aplicó esta reducción en 2014 y en el ejercicio 2015 también se la sigue aplicando.
  • Se modifica el usó del campo de «Movilidad geográfica», éste solo se consignará, cuando el trabajador se aplicó esta deducción, por primera vez en 2015.
  • Dada las características de la nueva subclave «04» para la clave «B», pueden quedar afectados en la consignación de datos los siguientes campos: «Percepciones Integra», «Año de nacimiento», «Situación Familiar», «Retenciones Practicadas», «Ejercicio de devengo», «Ceuta o Melilla», «Nif del Cónyuge», «Discapacidad», «Reducciones Aplicables», «Gastos deducibles», «Pensiones Compensatorias», «Anualidades por Alimentos», «Hijos y Otros Descendientes», «Hijos y Otros Descendientes con Discapacidad», «Ascendientes», «Ascendientes con Discapacidad», «Computo de los 3 Primeros Hijos», «Comunicación Prestamos Vivienda Habitual».

¿Cuándo afecta?

  • Entrada en el 19/11/2015
  • Con afectación a las liquidaciones del 2015 a presentar en enero de 2016. ​

Más información en: http://www.boe.es/boe/dias/2015/11/18/pdfs/BOE-A-2015-12436.pdf